Asuntos que se pueden resolver sin necesidad de ir al Tribunal
En virtud de la Ley de Asuntos No Contenciosos ante Notario (Ley 282-1999), en nuestra sede notarial, usted puede resolver asuntos para los que antes estaba obligado a ir al Tribunal. Contamos con los adiestramientos, el conocimiento y la experiencia necesaria para proveerle estos servicios de forma ágil, eficiente y en un mínimo de tiempo.
Evite las dificultades que supone ir a los Tribunales y disfrute de los beneficios que le provee esta Ley.
Servicios que ofrecemos bajo la Ley 282-1999:
Declaratorias de Herederos
Divorcios por Consentimiento Mutuo y Ruptura Irreparable
Cambios de Nombre/Apellido
Correcciones de Certificados que obran en el Registro Demográfico de Puerto Rico
Autorizaciones para contraer matrimonio por razón de ausencia
Expedición de cartas testamentarias